El divorcio es una de las causas por las que se extingue el matrimonio. La sentencia de divorcio declara disuelto el matrimonio.
El divorcio implica la existencia de una demanda de divorcio firmada por Abogado y bajo la representación de un Procurador de los Tribunales y, desde la entrada en vigor de la llamada ley del del divorcio express , el cumplimiento del único requisito de llevar casados 3 meses al menos.
El divorcio de mutuo acuerdo es aquel en el que ambos cónyuges solicitan el divorcio conjuntamente en un mismo escrito de demanda y bajo la misma representación y generalmente bajo la asistencia del mismo abogado, aunque nada impide que puedan intervenir dos abogados, uno por cada cónyuge.
Ley del divorcio express:
En el mes de Julio de 2005, con la llamada Ley del divorcio express, se reformó el Código Civil en materia de divorcio y separación. Desapareció en España la necesidad de invocar al menos una de las causas legalmente previstas para divorciarse o separarse. A partir de ese momento, tanto en el divorcio como en la separación matrimonial, no será necesario invocar ante el Juzgado ninguna causa para separarse o divorciarse. Basta con que uno de los miembros de la pareja se quiera divorciar o separar.
Reducción de plazos:
Tramitar un divorcio online es igual que tramitar un divorcio convencional, con lo cual el tiempo depende de la carga de trabajo del juzgado. En la actualidad, según nuestras estimaciones, el término promedio desde la presentación de la demanda a la sentencia es de dos meses. En ciertos casos (necesidad de acreditación de residencia, rectificaciones en el convenio regulador, subsanación en la aportación de documentos) se puden alcanzar los tres meses de tramitación.
Documentación necesaria
Nuestros abogados les informarán de la documentación específica una vez haya contratado nuestros servicios jurídicos, pero como norma general, necesitará la siguiente documentación:
- Certificación literal de matrimonio, que puede obtener en el Registro Civil
- Certificado literal de nacimiento de hijos
- Fotocopia del libro de familia
- Fotocopia de los documentos nacionales de identidad de ambos cónyuges
- Certificado de empadronamiento