Conclusiones Custodia compartida.

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El Constitucional anula la Ley Valenciana de Custodia Compartida.

El Tribunal Constitucional ha anulado, por invadir competencias estatales, la ley valenciana “de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven”, conocida como Ley de Custodia Compartida, que había sido recurrida por el Gobierno central.

La ley valenciana, que entró en vigor en mayo de 2011 -durante el gobierno valenciano del PP-, da prioridad al pacto entre los progenitores, pero en ausencia de acuerdo contempla como regla general la custodia compartida y regula la relación de los menores con sus hermanos, abuelos, otros parientes y personas allegadas. El TC la suspendió cautelarmente cuando admitió a trámite el recurso del Gobierno, pero más adelante levantó la suspensión, por lo que la norma ahora anulada ha estado en vigor desde noviembre de 2011.

La sentencia de este lunes señala que “nuestro pronunciamiento de inconstitucionalidad no afectará a las situaciones jurídicas consolidadas”. “Este Tribunal entiende que las decisiones adoptadas por los órganos judiciales durante la vigencia de la norma que ahora se declara inconstitucional, en relación a la fijación de un determinado régimen de guardia y custodia para los hijos menores”, se tomaron teniendo en cuenta el principio del mejor beneficio para los niños afectados, dictamina el TC.

El argumento central del Gobierno para recurrir se centraba en que la ley excede las competencias para la conservación, modificación y desarrollo del derecho civil propio previstas en el Estatuto valenciano. Ahora el tribunal de garantías le ha dado la razón. En su recurso, el abogado del Estado repite la argumentación que ya empleó contra la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano y contra la Ley Valenciana de Uniones de Hecho, que ya fueron anuladas por el TC. También en este caso, como sucedió en las otras resoluciones citadas, se falla la sentencia con el voto particular contrario al de la mayoría del magistrado Juan Antonio Xiol Ríos.

El Gobierno central defiende que las comunidades autónomas sin derecho foral compilado sólo tienen competencia para legislar en el caso de que se trate de costumbres derivadas de los antiguos fueros que hayan subsistido. En ese sentido, el ejecutivo defiende que, al igual que sucedió con el régimen económico matrimonial o las uniones de hecho, tampoco hay antecedentes respecto a la custodia compartida que se hayan mantenido en el tiempo y que por esa razón justifiquen que se apruebe una ley distinta en la Comunitat Valenciana, decía el recurso.

El Constitucional acepta esta argumentación e insiste en su jurisprudencia, de acuerdo a la cual el derecho consuetudinario que podría justificar una normativa civil propia (dentro de los límites de la Constitución) debe estar en vigor desde antes de la Constitución y seguirlo en el momento de aprobar ésta. “A la vista de las circunstancias concurrentes y de las razones expuestas, hemos de concluir que no se ha aportado prueba que permita apreciar la concurrencia de los requisitos” que la Constitución exige, concluye el TC.

“Nuevo revés al derecho civil valenciano”

El conseller de Transparencia, Manuel Alcaraz, ha manifestado en un comunicado “la oposición” del Consell ante la nueva sentencia del Tribunal Constitucional que anula la ley de Custodia Compartida y que “supone un nuevo revés al derecho civil valenciano”.

Alcaraz ha afirmado que “acatamos la sentencia pero no la compartimos”, una sentencia del TC que afecta a elementos del derecho civil valenciano y “con la que no estamos de acuerdo, igual que hemos disentido en otras ocasiones, dado que el fondo de la cuestión no es la custodia compartida en sí, sino si la Generalitat tiene o no competencia para hacerlo”. Esta interpretación del TC ha sido calificado por el conseller de “muy restrictiva”, pues a su juicio deja a los valencianos en una situación de “gravísima inferioridad” en relación a otras comunidades autónomas que no tienen las mismas raíces históricas en su derecho.

Alcaraz ha reiterado que después de la reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunitat “la Generalitat tiene suficiente competencia para hacer normas de este tipo, a pesar de la negativa reiterada del TC”. En este sentido, el conseller ha asegurado que “estudiaremos la fórmula más adecuada para plantear la única vía que nos queda, como es solicitar la reforma constitucional”.

Alcaraz ha resaltado a su vez que “no entendemos la actitud que mantiene el TC” y ha señalado que “reuniremos a los órganos previstos en la legislación actual de asesoramiento del Consell en materia de Derecho Civil y plantearemos una discusión sobre las vías de reforma constitucional para que pueda aceptarse que los valencianos tienen el derecho a legislar en materia de derecho civil”. “Un derecho civil -ha explicado el conseller- que al fin y al cabo se centra en cuestiones muy cotidianas como la custodia compartida o el régimen económico matrimonial y que, por tanto, afectan a muchos ciudadanos en la Comunitat”.