Cambio de legislación propuesto

Maternidad Subrogada

El Icab reclama un cambio en la legislación sobre maternidad subrogada en España

Con motivo del Día Internacional de la Familia, la vicepresidenta de la Sección de derecho matrimonial y familia del Icab, Núria Alba, ha remarcado que España es uno de los siete países de la UE que no tienen legislados los vientres de alquiler –la mayoría son del arco mediterráneo– y que ello provoca que ciudadanos marchen a otros países donde está permitida esta maternidad.

En la actualidad, la maternidad subrogada se encuentra en un limbo jurídico puesto que la Ley española de Técnicas de Reproducción Humana Asistida de 2006 señala que será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación de sustitución

Problemas para inscribir a los niños en el Registro Civil

Núria Alba ha explicado que estas familias se encontraban después con problemas para inscribir a los niños en el Registro Civil, pero que, tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TDEH) contra Francia por no permitirlo, lo pueden hacer si tienen la documentación bien cumplimentada –en Estados Unidos se otorga una resolución judicial de reconocimiento de filiación–.

En nuestro país, desde el año 2010, quienes deseaban inscribir en el Registro Civil a los nacidos a través de la gestación por sustitución disfrutaban de una situación relativamente favorable, gracias a la Instrucción de 5 de Octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Sin embargo, dicha instrucción resultó anulada en la práctica por la sentencia del TS de 6 de febrero de 2014 que declaró que la ley de técnicas de reproducción española impide la inscripción de estos menores.

Posteriormente, dos sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 26 de junio de 2014 (asuntos Mennesson y Labassee), condenaron a Francia por no permitir la inscripción en el Registro Civil de hijos nacidos a través de esta técnica, alegando motivos de orden público internacional. Para el TEDH, el interés del niño es el que debe prevalecer y su filiación, una vez inscrita en el Estado de nacimiento, debe permanecer inalterada.

El Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, actualmente en trámite de informe de la Comisión de Justicia, entre las diversas modificaciones que contempla incluye un apartado séptimo al artículo 44 de la Ley 20/2011 del Registro Civil. El objeto de este nuevo apartado es, precisamente, regular la inscripción de la gestación por sustitución producida en el extranjero, pero el modo en que lo hace dificulta enormemente que este tipo de filiaciones puedan ser reconocidas en España, al exigir que será necesario que haya sido declarada en una resolución judicial reconocida en España mediante un procedimiento de exequátur.

Alba ha asegurado que la gestación subrogada es un fenómeno que va en aumento y ha pedido poner manos a la obra para «regularla y regularla bien», aunque no se ha atrevido a asegurar si se producirá finalmente un cambio normativo.

Mediación

Tanto Alba como la responsable de la Sección de derecho matrimonial, Carme Adell, y el miembro de la sección Jaume Ametlla han resaltado la importancia de la mediación en los procesos familiares, y han remarcado que una resolución judicial en primera instancia puede tardar un año, una espera que en caso de que haya recursos pueden ser dos o tres.

Adell ha remarcado que desde 2013 se ha detectado un incremento en el número de separaciones y divorcios, siendo Catalunya líder en 2013, por lo que ha reivindicado la figura del abogado de familia.

Este incremento han originado también un aumento de las custodias compartidas en los últimos años, en parte por la creciente presencia de los padres en las vidas de los hijos y por otra el cambio legislativo que promueve esta fórmula.

En este contexto, ha crecido también entre un 30% y un 40% desde 2007 las guardias compartidas, por lo que han incidido en la mediación en aquellas separaciones de mutuo acuerdo, una figura «todavía un poco estancada».

Coordinador parental

Cuando son casos extremos en fase de ejecución, el Icab ha explicado que se ha puesto en marcha un plan piloto en dos juzgados de Barcelona la figura del coordinador parental, una figura auxiliar impuesta por el juez, que ha de velar por la relación padres-hijos.

Alba también ha remarcado que, debido a la crisis económica, han detectado un aumento en las peticiones de hacer cambios en las pensiones alimentarias de los hijos, así como un incremento del incumplimiento de las pensiones.

Otro de los fenómenos con los que se encuentran los abogados de familia es que el aumento de los divorcios también propicia que haya más familias reconstituidas, con situaciones que se tienen que abordar de forma particular y que funcionen de la la forma «más óptima posible» para los menores.

También han advertido del incremento de las sustracciones de menores por parte de uno de los progenitores cuando son parejas de diferente nacionalidad, y Alba ha señalado que «la política de hechos consumados no funciona» y siempre hay una respuesta legal.- (EUROPA PRESS)