Cómo puedo hacer una Separación de Bienes.

(encuentra la regulación de las capitulaciones matrimoniales en: BOE.es – BOE-A-1889-4763 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.)

Una separación de bienes puede conllevar discusiones de pareja.

Según nuestra legislación, cuando nos casamos, podemos elegir entre bienes gananciales, o separación de bienes.

En relación al tema que no atañe hoy, vamos a hacer un pequeño desglose de cómo llevarlo a cabo.

Es un régimen económico matrimonial. Rige la economía común de la pareja. En algunas Comunidades, se elige por defecto, mientras que en otras es expreso.

Normalmente se elige entre las parejas que quieren conservar todo su patrimonio propio en caso de divorcio, previo al matrimonio o durante el mismo.

Comentábamos que suele ser conflictivo, porque se piensa más en los intereses propios al terminar la relación, que en el amor.

Al celebrar el matrimonio, es importante establecer el régimen de separación de bienes.

Es un documento público realizado ante notario, imprescindible para poder hacerla, y se puede realizar antes y durante el matrimonio.

Realmente estamos hablando de un pacto preventivo entre los contrayentes, por si hubiera una separación el día de mañana.

Si se hacen durante el matrimonio, se aplica a partir de ese momento.

Si se redactan antes del mismo, se hará efectivo en el plazo de un año desde la firma del documento, si no, estaría sin vigencia y habría que hacerlo nuevamente.

¿Cómo se hace una separación de bienes?

En primer lugar, hay que ir a una notaría para explicar la situación, y se redacta el documento de capitulaciones matrimoniales, con ayuda de abogado.

Una vez redactado el documento, se entrega oficialmente al notario, en un plazo inferior a 12 meses, si todavía no se ha celebrado el matrimonio.

Por último, hay que inscribirla por ambas partes en el Registro Civil.

 

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