Extinción de pensión alimenticia.

Dos hijos se niegan a saludar y mirar a su padre, y el Juez extingue la pensión alimenticia.

El padre intentaba mantener una relación normalizada con sus hijos, pero ellos “lo rechazaban de pleno”, apartándolo de su lado.

El Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Valencia sentención la extinción de la pensión de alimentos, de dos hijos, mayores de edad y a cargo del padre.

Se consideró que no existía relación entre ellos.

El auto determinada que el padre, por su parte, siempre quiso mantener la relación, pero es rechazado por los hijos, apartándolo de su lado.

Se intentó averiguar los motivos por los que se rechaza y se niegan a relacionarse con su padre, pero no hay motivo alguno para negarle el saludo o la mirada.

Los efectos de esta sentencia tienen carácter retroactivo, esto es, desde la interposición de la demanda.

El padre expuso la inexistencia de relación entre él y sus dos hijos, llegando a estar hasta tres años sin verse.

De hecho, no conocía los estudios de sus propios hijos, y al parecer, ni siquiera tenían un buen rendimiento en su nivel académico.

Se constata, por tanto, que los hijos nada querían saber del padre.

Por su parte, él quiso retomar la relación con sus hijos en varias ocasiones, constatado con perito informático.

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Extinción de pensión alimenticia por negarse a hablar con su padre.