custodia compartida

Custodia compartida y uso de vivienda en situaciones de crisis economica

El Tribunal Supremo ha establecido desde octubre de 2014 las reglas aplicables para atribuir el uso de la vivienda familiar en caso de atribución a los padres la custodia compartida sobre los hijos menores sobre la base del párrafo segundo del art. 96 CC, y  obliga a una labor de ponderación de las circunstancias concurrentes en cada caso, y en especial atendiendo a dos factores: al interés más necesitado de protección, que no es otro que aquel que permite compaginar los periodos de estancia de los hijos con sus dos padres; y si la vivienda que constituye el domicilio familiar es privativa de uno de los cónyuges, de ambos, o pertenece a un tercero.

Siempre cabe establecer una limitación temporal en la atribución del uso, que es la decisión que adoptó la Sentencia que estableció estos criterios.

Siguiendo lo establecido en la ley valenciana en los casos de régimen de convivencia compartida, la preferencia en el uso de la vivienda familiar se atribuirá en función de lo que sea más conveniente para los hijos e hijas menores y, siempre que fuere compatible con ello, al progenitor que tuviera objetivamente mayores dificultades de acceso a otra vivienda; atribución que tendrá carácter temporal.
El problema, como sucede en general, es la crisis, y cómo hacer efectivo este régimen en casos de crisis económica familiar, y así sucede, cuando en la vivienda quedan los niños y se desplazan los padres en los periodos de convivencia establecidos, luego han de disponer de vivienda.

También cuando uno es propietario de la vivienda y el otro carece de ella

De no alcanzarse este tipo de acuerdos y soluciones puede que el mayor obstáculo a la custodia compartida sea la situación económica de uno o ambos padres.

El uso temporal y poder contar con un proceso de modificación de medidas en caso de variación de las circunstancias pueden ser opciones bastantes para mantener este régimen de custodia si se trata del más beneficioso para los hijos.

Consúltenos.