Tribunal supremo sentencia

El Supremo restringe aún más el régimen de visitas de los padres maltratadores-

 

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que restringe enormemente las posibilidades de que un condenado por maltrato pueda mantener un régimen de visitas, aunque éste sea muy limitado, con alguno de sus hijos.

El caso resuelto afecta a un padre encarcelado por maltratar a su mujer y a su hija mayor (tres años y ocho meses de prisión), a quien la justicia concedió el derecho de visitar a la hija menor a la que no había maltratado. Así lo aceptó un juzgado de primera instancia de Algeciras y lo ratificó la Audiencia Provincial de Cádiz.

El Supremo, en cambio, estima el recurso de casación interpuesto por la madre y anula las visitas. «Debemos declarar que los contactos de un padre con su hija, cuando aquel previamente ha sido condenado por malos tratos a otra de sus hijas, deben ser sumamente restrictivos y debe predominar la cautela del tribunal a la hora de fijarlos, pues el factor de riesgo es más que evidente, en relación con un menor con escasas posibilidades de defensa», dice la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Arroyo

Y lo hace con la intención declarada de que los juzgados sepan que deben actuar con el criterio que marca esta sentencia: «Se establece como doctrina jurisprudencial que el juez o tribunal podrá suspender el régimen de visitas del menor con el progenitor condenado por delito de maltrato con su cónyuge o pareja y/o por delito de maltrato con el menor o con otro de los hijos, valorando los factores de riesgo existentes«,

Los juzgados ya venían actuando con gran prudencia a la hora de conceder contactos en casos similares. Pero no lo bastante. Al Supremo no le parecen suficientes las limitaciones y cautelas con las que el juez y la Audiencia Provincial aceptaron el régimen de visitas aplicable mientras el padre permaneciera en prisión: un día a la semana, sólo dos horas, en el Punto de Encuentro Familiar y de forma tutelada, condicionándose además a que el padre justificase documentalmente que se había sometido a un programa terapéutico para tratar su carácter violento.

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